Texas:

Texas Printable Free Child Labor Law Posters Texas Child Labor Law Poster (Spanish)

The Texas Child Labor Law Poster (Spanish) is a Texas child labor law poster provided for businesses by the Texas Workforce Commission. This notification is required for some employers, such as employers of spanish-speaking minors.

This poster delineates, in Spanish, rules and regulations for the employment of minors in the State of Texas. It is based on Chapter 51, Texas Labor Code, which governs the employment of children under Texas state law. To begin, the poster states that the minimum age for employment is 14. Then, it notes rules and regulations that apply to the employment of minors aged 14-17, specifically which jobs or professions are prohibited to them. It then discusses prohibited occupations that apply specifically, and exclusively, albeit not mutually, to minors of 14 and 15 years.

It goes on to discuss guidelines for the work hours of minors of these ages along with restriction on their work hours. The poster also asserts that the Texas Workforce Commission can provide certificates of age should a citizen want one; however, the State does not require them in order to work there. The poster closes by clearly stating the penalties employers will suffer should they be found to have broken any of the State of Texas? rules or regulations on the employment of minors. More information on the employment of minors in Texas can be found by contacting the Texas Workforce Commission (contact information is provided on the poster).

It appears you don't have a PDF plugin for this browser. Please see the link below to download texas-whcl-70-child-labor-poster-spn-twc.pdf.

WHCL-70 (0922)	 	
LEYES DE TRABAJO INFANTIL  
C omisión de la Fuerza Laboral de Texas  
Departamento de Horas y Salarios, Cumplimiento del Trabajo Infantil  Departamento de Trabajo de EE. UU.  
División de Horas y Salarios	
 	
 
 	
Para más información sobre las leyes laborales de menores 	
de Texas, llame a:  	
800-832 -9243  (TDD 800- 735-2989)  	
Este informe proporciona algunas leyes laborales sobre el 
trabajador juvenil de Texas, pero no está completo. Capítulo 
51, código laboral de Texas, contiene leyes estatales que 
pertenecen al trabajador menor de edad.  La edad mínima 
para el empleo es 14; si n embargo, las leyes del estado y las 
leyes federales aseguran ciertas excepciones. Por favor llame 
al departamento de leyes laborales del TWC acerca 
preguntas sobre esta ley.  También, el código laboral federal, 
Fair Labor Standards Act (FLSA), contiene l eyes federales 
perteneciendo al trabajador juvenil. Para obtener 
información sobre las leyes federales, consulte con su oficina 
local del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos o 
llame al 1-866 -487 -9243.  
Las siguientes son ocupaciones prohibidas par a 
menores de 14 a 17 años de edad : 
Ocupaciones prohibidas son las mismas para ambas leyes federales y 
estatales. Las ocupaciones arriesgadas y señaladas con un asterisco (*) 
tienen provisiones para el empleo de las personas menores de dieciocho 
años, con condiciones de que la certificación como estudiante -  aprendiz 
aplicable haya sido obtenida. Las personas que desean la información 
específica sobre estas excepciones se deberían poner en contacto con la 
oficina más cercana del Departamento de Trabajo de lo s Estados 
Unidos.  
 
Las ocupaciones declaradas particularmente arriesgadas o perjudícales a 
la salud o al bienestar de todos los menores de 14 a 17 años de edad 
incluirán las ocupaciones:   
(1)  en o cerca de fábricas o establecimientos en donde se fabriquen o 
guarden explosivos o artículos que contengan componentes 
explosivos aparte de establecimientos que vendan al por menor.  
(2)  que involucran el manejar de vehículos motorizados y ayudantes 
externos  
A.  en cualquier camino público o carretera.  
B.  en o cerca de cualquier lugar donde los  funcionamientos de tala 
o aserradero estén en curso, o  
C.  en excavaciones.  
(Bajo ciertas circunstancias, en manejo de vehículos motorizados 
con propósito comercial, NO será considerado como trabajo 
peligroso en cuanto a las leyes estatales.) 
(3)  en conexión con la minería del carbón.  
(4)  ocupaciones de tala y aserradero e involucrando contraincendios y 
tractos de madera.  
(5)  * del funcionamiento de maquinaria motorizada de carpintería.  
(6)  que involucran la exposición a substancias radioactivas y a 
radiaciones ionizadas.  
(7)  del funcionamiento de aparatos motorizados de alzamiento tal como 
ascensores, grúas, torres, montacargas, camiones de alzamiento.  
(8)  *  del funcionamiento de maquinaria motorizada para formar, perforar y 
cortar metal.  
(9)  en conexión con la minería, aparte del carbó n. 
(10)  * del funcionamiento de maquinaria motorizada en el proceso de 
carne y ocupaciones incluyendo las de matanza, empaque, proceso 
o de convertir despojos animales.  
(11)    del funcionamiento de maquinaria motorizada de panadería.  
(12)    * operaciones de maquinaria motor izados de productos de papel, 
empacadoras de papel desperdicio o compactadoras de papel.  
(13)    de la manufacturación de ladrillos, tejas y productos similares.  
(14)    * del funcionamiento de serruchos motorizados, sierra de cinta, 
cizalla de guillotina, disco cortador  abrasivo, sierra de 
recíprocamente, moto -sierra, y desmenuzadores de madera.  
(15)    del funcionamiento de destruir, demoler, y desguazar.  
(16)    * ocupaciones en operaciones de techar y en o con respecto al 
techo.  
(17)    * en conexión con funcionamientos de excavaciones.  
 
Ocupaciones prohibidas adicionales que se aplican 
según la ley estatal: 
(1) Ocupaciones involucradas como vendedores o promotores 
ambulantes de un joven menor de dieciocho años, consulte 51.0145 
Texas Labor Code, código de Texas para las exenciones y los 
requisitos  
(2)  Ocupaciones en negocios orientados al sexo por jóvenes menor de 
21 años  	
 
Adicionales Ocupaciones prohibidas que aplican solamente a 
menores de 14 a 15 años : 
Ocupaciones declaradas particularmente peligrosas o perjudiciales a la 
salud o al bienestar de menores de 14-  15 años incluirán:  
(1) 	Minería,  manufactura, u ocupaciones de procesamiento donde 
mercancía se somete a un cambio en forma o sustancia. Estos 
trabajo s incluyen tareas en talleres o en lugares donde se fabrican 
bienes, minado, o bienes transformados de otra forma; 	
(2) 	El funcionamiento o el asistir de aparatos de alzamiento o cualquier  otra maquinaria motorizada, aparte de maquinaria de oficina;  	
(3) 	Asistente de paseo u operador de paseo en un parque de diversiones 
o un asistente en lo alto de toboganes acuáticos elevados;  	
(4) 	Operando un vehículo motorizado o sirviendo como ayudantes en 
tales vehículos;  	
(5) 	Ocupaciones relacionadas en el transporte de personas o bienes  por 
ferrocarril, carretera, aire, agua, ductos de tubería como gasoductos 
u oleoductos, u otros medios;   	
(6) 	Vendedores o promotores ambulantes; demostración de anuncios 
fuera del establecimiento;  	
(7) 	Pescar y enjaular aves de corral en preparación para ser 
transportados o para el mercado;   	
(8) 	Salvavidas en aguas del medio ambiente natural como en un lago, rio, 
mar, presa, o estanque (Los jóvenes deben ser por lo menos 15 años 
de edad, y debidamente certificado para ser un salvavidas en una 
piscina tradicional o un p arque acuático de diversiones);   	
(9) 	Servicio público de mensajero; 	
(10) 	 Comunicaciones y servicios públicos de empleo;   	
(11)  	 Construcción incluyendo la demolición y la reparación;   	
(12) 	 Ocupaciones en o cerca de salas de calderas o salas de maquinarias, 
o en relación con el mantenimiento o reparación del establecimiento, 
maquinarias, o equipo;   	
(13)  	 El lavado de ventanas afuera que incluya trabajando en alfeizares y 
todo trabajo que requiera el uso de escaleras, cadalsos o sustitutos;  	
(14) 	 Cocinar, excepto con gas o parrillas eléctricas que no utilizan cocinar 
sobre una llama abierta y excepto freidoras que utilizan dispositivos 
que automáticamente bajen y suben las cestas del aceite o grasa 
caliente;    	
(15) 	 El hornear y los procesos relacionados al hornear;  	
(16) 	 Ocupaciones que involucran el funcionamiento, establecimiento,  
ajustamiento, limpieza, lubricación, o la reparación de maquinaria 
motorizada para la comida como las rebanadoras, moledoras, 
picadoras, cortadoras, y batidoras de panadería;  	
(17) 	 Lo s congeladores o los refrigeradores de carne. Excepto, menores 
pueden entrar de vez en cuando en un congelador por un período 
corto de tiempo para recuperar artículo;  	
(18) 	 Trabajo involucrado en la preparación de carne para su venta o 
trabajar en áreas donde se procesa la carne;  	
(19) 	 Carga y descarga de mercancía hacia y desde los camiones, vagones 
de ferrocarril, o transportadores;  	
(20) 	 Todas las ocupaciones en almacenes, excepto el trabajo de oficina  
 
Horarios para los menores de 14 y 15 años de edad  
Ley Estatal  –  Un a persona cometerá una ofensa si tal persona permite 
que el niño(a) de 14 o 15 años de edad empleado por esa persona 
trabaje:  	
(1) 	más de 8 horas en un día o más de 48 horas en una semana.  	
(2) 	entre las horas de 10 p.m. y 5 a.m. cuando el día siguiente sea un día 
escolar o entre las horas de medianoche y 5 a.m. en un día que no 
preceda un día escolar si el menor está matriculado en la escuela.   	
(3) 	entre las horas de medianoche y 5 a.m. en cualquier  día durante el tiempo 
en que la escuela entre en receso para el verano si el menor no está 
inscrito en la escuela.  
Ley Federal  –  El FLSA en adición reglamenta las horas de empleo para 
menores:  	
(1) 	no pueden trabajar durante horas de escolar  	
(2) 	no más de ocho  horas en un día no escolar o 40 horas durante una semana 
no escolar.  	
(3) 	no más de tres horas en un día escolar, 18 horas durante una semana 
escolar.   	
(4) 	Menores pueden trabajar solamente entre las 7 a.m. y las 7 p.m. durante 
el año escolar. Sin embargo, entre el  primero de junio y el Día del 
trabajador, pueden trabajar entre las 7 a.m. y las 9 p.m.  
 
Actores Juveniles -Ley estatal 
Definición de actor juvenil  – niño(a) menor de 14 años que se emplea 	
como un actor u otro ejecutante  
Definición de actor juvenil extra -  niño(a) menor de 14 años que se 
emplea como un extra generalmente en el ambiente de la actuación, 
sin hacer uso de la palabra, el canto, baile o f unciones. 
Cada persona que solicita autorización para el actor juvenil deberá 
presentar una solicitud de autorización en un formulario proporcionado 
por la Comisión de la Fuerza Laboral de Texas. La autorización especial 
para actores juveniles de ser empleados como extras es concedida sin 
la necesidad de archivar una aplicación si el empleador cumple con los 
requisitos de la Comisión.  Para más información e instrucciones, llame 
al 800- 832-9243.   	
MULTAS : 
Estado de Texas  – Una ofensa bajo el Capítulo 51, Código Laboral de Tejas, es un delito menor de Clase B, excepto la ofensa de emplear a un jov en  
menor de 14 años para vender o solicitar, el cual es un delito menor de Clase A.  Si la Comisión determina qu e una persona haya violado esta Acta en el 
empleo de un menor, o una regla adoptada bajo esta Acta, la Comisión podrá fijar una multa administrativa contra tal persona  de una cantidad no más 
de $10,000 por cada violación. El Ministro de Justicia (Attorney  General) podrá procurar un mandamiento judicial en la corte del distrito contra un 
empleador que viole repetidamente los requisitos establecidos por esta Acta referente al empleo de menores.    
Federal  – El FLSA prescribe una máxima multa administrativa de  $11,000 por violación y/o prosecución criminal y multas.	
 	 	 	101 E. 15th Street • Austin, Texas 78778-0001 • (512) 463-2222 
Relay Texas: 800 -735 -2989 (TDD) 800- 735-2988 (Voice)  
www.texasworkforce.org  
Equal Opportunity Employer / Services

Get a Texas all-in-one labor law poster

Instead of printing out pages of mandatory Texas and Federal labor law posters, you can purchase a professional, laminated all-in-one labor law poster that guarantees compliance with all Texas and federal posting requirements. Fully updated for March 2017!

Get All-In-One Poster Now

More Texas Labor Law Posters 14 PDFS

Minimum-Wage.org provides an additional thirteen required and optional Texas labor law posters that may be relevant to your business. Be sure to also print and post all required state labor law posters, as well as all of the mandatory federal labor law posters.

Texas Poster Name Poster Type
Required Reporting Workplace Violence Poster Workplace Violence Law
Required Compensation Notice 5 - Non-Election of Workers' Compensation Workers Compensation Law
Required Workers' Compensation Notice 6 - Election of Workers' Compensation Workers Compensation Law
Required Workers' Compensation Notice 7 - Concerning Workers' Compensation in Texas Workers Compensation Law
Required Workers' Compensation Notice 10 - Concerning Workers' Compensation in Texas Workers Compensation Law

List of all 14 Texas labor law posters


Texas Labor Law Poster Sources:

Labor Poster Disclaimer:

While Minimum-Wage.org does our best to keep our list of Texas labor law posters updated and complete, we provide this free resource as-is and cannot be held liable for errors or omissions. If the poster on this page is out-of-date or not working, please send us a message and we will fix it ASAP.

** This Document Provided By Minimum-Wage.org **
Source: http://www.minimum-wage.org/texas/labor-law-posters/337-texas-child-labor-law-poster-spanish